La Oficina de Copyright de Estados Unidos estableció que los animales no pueden tener derechos de autor

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Leandro Ucciferri
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Un fotógrafo decide ir a un sitio remoto a observar la naturaleza y cierta especia animal por la siente curiosidad. Uno de los animales, un simio de especie Macaco Nigra, decide hurtar tu cámara de tu mochila, sacarse una foto, y de paso generar uno de los debates más interesantes en el mundo del derecho. ¿A quién le correspondería el derecho de autor de dicha fotografía?

Hace tan solo unas semanas, Guillermo nos hablaba del caso que, muy brevemente, les resumí en el párrafo anterior. Lo genial del mismo, además del leve aspecto cómico (usen su imaginación para ver la situación como si estuviesen ahí, si no es el guión para una nueva película de Jim Carrey con su jopo noventoso, le pega en el palo), es la discusión que se desató y la variedad de opiniones que pueden analizarse sobre una misma incógnita.

Por un lado, Wikimedia -una de las partes principales en el inicio de este debate-, establece que el simio no puede tener derechos de autor ya que no es un humano, por lo tanto, la fotografía pasa automáticamente al dominio público para su uso libre.

Por el otro, se encuentran quienes dicen que el simio sí tiene derechos sobre la obra, ya que fue el quien decidió hurtar la cámara y disparar el obturador obteniendo la foto como resultado final. Y con ello se desata otro número de argumentos como si el simio pudo discernir o no que estaba tomando una foto al manipular la cámara, si su voluntad fue la de hurtar la cámara para sacarse una foto, y así sucesivamente.

Y en una tercer arista, el fotógrafo (David Slater). Los derechos de la fotografía le corresponderían a él ya que fue su decisión viajar hasta Indonesia, llevar el equipo consigo y visitar a los simios. Básicamente estas son las tres posiciones que más podemos leer a lo largo de las discusiones que se desatan en relación al tema.

derechos de autor

Para hechar un poco de luz al acalorado debate, la Oficina de Copyright de los Estados Unidos realizó una actualización a sus reglas que determinan quiénes pueden aplicar por el registro para la autoría.

El capítulo 3 del nuevo borrador de su compendio de prácticas, detalla “El Requerimiento de Autoría Humana”, por el cual se establece que la Oficina va a registrar una obra original, siempre y cuando la misma haya sido creada por un ser humano.

Como fundamento, citan a The Trade-Mark Cases, 100 U.S. 82 (1879), en donde se determinó que “las leyes de copyright en Estados Unidos protegen únicamente el fruto del trabajo del intelecto, que se encuentra en el poder creativo de la mente”. Por esta razón, la Oficina se niega a registrar cualquier pedido si se determina que un ser humano no fue el autor de la obra.

Animales, plantas y la naturaleza en sí, quedan fuera de la discusión cuando de copyright se trata; así como también, la supuesta creación de una obra por seres divinos o supernaturales. Así es, ni dioses ni fantasmas pueden ser sujetos a derecho de autor.

Dentro de los ejemplos que da el compendio, encontramos:

  • Una fotografía tomada por un mono
  • Un mural pintado por un elefante
  • Reclamo sobre una pieza de madera que quedó a la deriva en el océano y fue tallada por este
  • Reclamos sobre cortes, marcas o defectos que contengan piedras naturales
  • Una canción, nombrando al Espíritu Santo como autor de la misma

El borrador escrito por la Oficina estará en etapa de revisión, hasta que se convierta en oficial al rededor del 15 de diciembre de este año. Es importante destacar que el compendio de prácticas no tiene fuerza de ley, pero sí nos da una pauta de lo que podría llegar a considerar un juez frente a un caso en la justicia.

Esperemos que, como bien declararon los representantes de la Oficina de Copyright, esta actualización sirva para comenzar a mejorar de a poco el sistema actual de atribución de autoría y la legislación correspondiente.

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11 COMENTARIOS

  1. Me pregunto que pasaría si un robot, como bien puede ser Asimo, saca una buena foto. No es humano (casi), entonces, tiene deechos sobre ella? Esto me recuerda a mi querido Johny 5, que termina siendo ciudadano americano y supongo que puede llenar sus 500Mb de fotos que si serán suyas….

    • Decir que Asimo es casi humano es muy atrevido

      Pero a ojos de la ley no creo que cualquier robot pase mas haya de ser una COSA. Así que la autoria se la dará al que tenga los derechos sobre esa cosa, en este hipotético caso Honda.

    • La foto pasaría a ser de dominio público, porque ni el animal ni vos pueden reclamar los derechos. A la ley no le importa de quien es la cámara, sino quien obtuvo la foto, entonces al quedar afuera la posibilidad de que el perro reclame los derechos, a mi entender, la fotografía pasaría a dominio público.

    • Creo que la diferencia esta en que vos uses al perro para sacar la foto(ya sea a control remoto o con un timer programado) y no que este se tire encima de tu cámara sacando una foto accidental sin tu consentimiento.

  2. Yo no puedo creer el nivel de pelotudez de los yanquis a esta altura
    Creo que estoy en contra del 99% de las defensas del copyright, y en este que estoy a favor, fallan contra el pibe de la foto.

    • En este caso te alegrará saber que, según lo que establece la Oficina de Copyright, la fotografía seria de dominio público, ni del mono ni del fotógrafo. Aún así, no hay una decisión de la justicia por lo que la duda, en teoría, sigue. Igualmente, no creo que los jueces vayan a fallar muy distinto de la posición que sostiene la Oficina.

  3. Yo considero que la obra es del primero que la registra. Si el humano no la hubiera sacado a la luz, jamás la hubiésemos visto… NECESITA intervención humana. Punto.

  4. El intelecto es la facultad que le permite pensar al hombre.
    Se llama Propiedad intelectual a toda creación producto de la mente humana.

    Los animales carecen de intelecto.
    Por tanto carecen de propiedad.

    En resumen, a fumarla!

  5. “El Requerimiento de Autoría Humana”, por el cual se establece que la Oficina va a registrar una obra original, siempre y cuando la misma haya sido creada por un ser humano
    Animales, plantas y la naturaleza en sí, quedan fuera de la discusión cuando de copyright se trata; así como también, la supuesta creación de una obra por seres divinos o supernaturales

    miralos a los yankis. OK entonces le tendré que comentar esto a una amiga. Es un centauro, por lo tanto no va a poder reclamar copyright de las fotos que tome

  6. Supongamos que un niño de 4 años hurta una cámara o celular y toma una foto. El niño es un ser humano pero no tiene la suficiente conciencia de lo que hizo. por eso pregunto: ¿el niño posee los derechos de autor, o los padres o directamente esa foto va al dominio público?

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